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Grimsa https://gestiongrimsa.com Mon, 11 May 2020 19:24:41 +0000 es-MX hourly 1 https://wordpress.org/?v=6.5.2 https://gestiongrimsa.com/wp-content/uploads/2018/09/pad_infinito-2-150x150.png Grimsa https://gestiongrimsa.com 32 32 RETORNO A LA NORMALIDAD DESPUES DEL COVID 19 https://gestiongrimsa.com/retorno-a-la-normalidad-despues-del-covid-19/ https://gestiongrimsa.com/retorno-a-la-normalidad-despues-del-covid-19/#respond Mon, 11 May 2020 19:23:50 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23374 Si requieres mas información de como implantar estos sistemas, no dudes y comunicate con nosotros, con gusto de asesoramos y resolvemos tus dudas.

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AVISO CONTINGENCIA COVID-19 https://gestiongrimsa.com/aviso-contingencia-covid-19/ https://gestiongrimsa.com/aviso-contingencia-covid-19/#respond Thu, 19 Mar 2020 00:07:00 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23370 https://gestiongrimsa.com/aviso-contingencia-covid-19/feed/ 0 CONOCE EL SISTEMA DE AVISOS DE ACCIDENTES DE TRABAJO DE LA STPS https://gestiongrimsa.com/conoce-el-sistema-de-avisos-de-accidentes-de-trabajo-de-la-stps/ https://gestiongrimsa.com/conoce-el-sistema-de-avisos-de-accidentes-de-trabajo-de-la-stps/#respond Wed, 26 Feb 2020 19:32:30 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23363 https://gestiongrimsa.com/conoce-el-sistema-de-avisos-de-accidentes-de-trabajo-de-la-stps/feed/ 0 REGISTRO DE MACROSIMULACRO NACIONAL 19 DE SEPTIEMBRE 2019 https://gestiongrimsa.com/registro-de-macrosimulacro-nacional-19-de-septiembre-2019/ https://gestiongrimsa.com/registro-de-macrosimulacro-nacional-19-de-septiembre-2019/#respond Wed, 28 Aug 2019 17:16:03 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23360 https://gestiongrimsa.com/registro-de-macrosimulacro-nacional-19-de-septiembre-2019/feed/ 0 Convocatoria Técnico Básico en Gestión Integral del Riesgo 2019, Cenapred. https://gestiongrimsa.com/convocatoria-tecnico-basico-en-gestion-integral-del-riesgo-2019-cenapred/ https://gestiongrimsa.com/convocatoria-tecnico-basico-en-gestion-integral-del-riesgo-2019-cenapred/#respond Thu, 31 Jan 2019 17:45:52 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23350 http://www.enaproc-cenapred.gob.mx/tecnicoBasicoGobMX.html

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Hoy 23 de noviembre de 2018 se publica la NORMA NOM-036-1-2018 y entrara en vigor el 02 de enero de 2020 https://gestiongrimsa.com/hoy-23-de-noviembre-de-2018-se-publica-la-norma-nom-036-1-2018-y-entrara-en-vigor-el-02-de-enero-de-2020/ https://gestiongrimsa.com/hoy-23-de-noviembre-de-2018-se-publica-la-norma-nom-036-1-2018-y-entrara-en-vigor-el-02-de-enero-de-2020/#respond Thu, 13 Dec 2018 19:37:23 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23343 Hoy 23 de noviembre de 2018, se publico en el DOF, la NORMA Oficial Mexica NOM-036-1-STPS-2018, Factores de riesgo ergonómico en el Trabajo-Identificación, análisis, prevención y control. Parte 1: Manejo manual de cargas.

Su objetivo es Establecer los elementos para identificar, analizar, prevenir y controlar los factores de riesgo ergonómico en los centros de trabajo derivados del manejo manual de cargas, a efecto de prevenir alteraciones a la salud de los trabajadores.

La presente Norma Oficial Mexicana rige en todo el territorio nacional y aplica en todos los centros de trabajo donde existan trabajadores cuya actividad implique realizar manejo manual de cargas de forma cotidiana (más de una vez al día).

Obligaciones del patrón

  • Contar con el análisis de los factores de riesgo ergonómico debido al manejo manual de cargas, con base en lo dispuesto por el Capítulo 7 de la presente Norma.
  • Adoptar medidas de prevención y/o control para reducir o eliminar los factores de riesgo ergonómico en el centro de trabajo debido al manejo manual de cargas, de acuerdo con lo establecido por el Capítulo 8 de esta Norma.
  • Efectuar la vigilancia a la salud de los trabajadores ocupacionalmente expuestos conforme a lo dispuesto por el Capítulo 9 de la presente Norma.
  • Informar a los trabajadores sobre las posibles alteraciones a la salud por el manejo manual de cargas.
  • Proporcionar capacitación y adiestramiento al personal ocupacionalmente expuesto sobre los procedimientos de seguridad y las prácticas de trabajo seguro, y en su caso, en las medidas de prevención y/ o control, de conformidad con lo señalado por el Capítulo 10 de esta Norma.

TRANSITORIOS

PRIMERO. La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a partir del 2 de enero de 2020.

SEGUNDO. Los numerales 5.1, 8.3 inciso b) numeral 2, 8.4, 8.5, así como el capítulo 7, entrarán en vigor a partir del 4 de enero de 2023. Las medidas de control que se hayan emitido en el 2020, a que se refieren los numerales 8.6 y 8.7, deberán ajustarse conforme a lo dispuesto en este artículo.

TERCERO. A partir de la fecha de entrada en vigor de esta Norma quedarán sin efectos los numerales 4.7, 4.12, 5.3, 5.4 inciso b), 5.6, 5.9, 6.7, 11.3, así como los Capítulos 8 y 10 de la Norma Oficial Mexicana NOM-006-STPS-2014, Manejo y almacenamiento de materiales – Condiciones de seguridad y salud en el trabajo, publicada en el Diario Oficial de la Federación de 11 de septiembre de 2014.

Si requieres mas información contáctanos y con gusto de apoyamos.

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Gestión Grimsa, patrocina el 3er Congreso Internacional, Territorios más seguros y mas humanos ante el riesgo de desastre https://gestiongrimsa.com/gestion-grimsa-patrocina-el-3er-congreso-internacional-territorios-mas-seguros-y-mas-humanos-ante-el-riesgo-de-desastre/ https://gestiongrimsa.com/gestion-grimsa-patrocina-el-3er-congreso-internacional-territorios-mas-seguros-y-mas-humanos-ante-el-riesgo-de-desastre/#respond Thu, 13 Dec 2018 19:36:03 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23340 Gestión Grimsa, patrocina el 3er Congreso Internacional, Territorios más seguros y mas humanos ante el riesgo de desastre organizado por el Colegio Mexicano de Profesionales en Gestión de Riesgos y Protección Civil, A.C. y la Universidad Juárez Autónoma de Tabasco, que se llevara acabo los días 21, 22 y 23 de noviembre de 2018, Villahermosa, Tabasco, México, regístrate y participa, inscríbete en la pagina https://www.colegiompc.org/

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PUBLICACIÓN DE LA NOM-035-STPS-2018, FACTORES DE RIESGO PSICOSOCIAL EN EL TRABAJO-IDENTIFICACIÓN, ANÁLISIS Y PREVENCIÓN https://gestiongrimsa.com/publicacion-de-la-nom-035-stps-2018-factores-de-riesgo-psicosocial-en-el-trabajo-identificacion-analisis-y-prevencion/ https://gestiongrimsa.com/publicacion-de-la-nom-035-stps-2018-factores-de-riesgo-psicosocial-en-el-trabajo-identificacion-analisis-y-prevencion/#respond Thu, 13 Dec 2018 19:34:15 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23337 Hoy 23 de Octubre de 2018, se publico en el DOF, la NORMA Oficial Mexica NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo-Identificación, análisis y prevención.

 

Su objetivo es establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.

 

Las obligaciones del patrón

 

Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos psicosociales que contemple:

a) La prevención de los factores de riesgo psicosocial;

b) La prevención de la violencia laboral, y

c) La promoción de un entorno organizacional favorable.

 

Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, tratándose de centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores.

 

Identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional, tratándose de centros de trabajo que tengan más de 50 trabajadores.

 

Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover el entorno organizacional favorable, así como para atender las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.

 

Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos durante o con motivo del trabajo y, canalizarlos para su atención a la institución de seguridad social o privada, o al médico del centro de trabajo o de la empresa.

 

Practicar exámenes médicos y evaluaciones psicológicas a los trabajadores expuestos a violencia laboral y/o a los factores de riesgo psicosocial, cuando existan signos o síntomas que denoten alguna alteración a su salud y el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, así lo sugiera y/o existan quejas de violencia laboral.

 

Los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas podrán efectuarse a través de la institución de seguridad social o privada, médico, psiquiatra o psicólogo del centro de trabajo, según corresponda, y deberán efectuarse de conformidad con lo establecido por las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico del centro de trabajo, que le preste el servicio médico.

 

Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:

a) La política de prevención de riesgos psicosociales;

b) Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral;

c) Las medidas y acciones de prevención y, en su caso, las acciones de control de los factores de riesgo psicosocial;

d) Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;

e) Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial para los centros de trabajo que tengan entre 16 y 50 trabajadores, y de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, y

f) Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.

 

Llevar los registros sobre:

a) Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, además, tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, de las evaluaciones del entorno organizacional;

b) Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale, y

c) Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

 

Las obligaciones de los trabajadores son:

 

Observar las medidas de prevención y, en su caso, de control que dispone esta Norma, así como las que establezca el patrón para: controlar los factores de riesgo psicosocial, colaborar para contar con un entorno organizacional favorable y prevenir actos de violencia laboral.

 

Abstenerse de realizar prácticas contrarias al entorno organizacional favorable y actos de violencia laboral.

 

Participar en la identificación de los factores de riesgo psicosocial y, en su caso, en la evaluación del entorno organizacional.

 

Informar sobre prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y denunciar actos de violencia laboral, utilizando los mecanismos que establezca el patrón para tal efecto y/o a través de la comisión de seguridad e higiene, a que se refiere la NOM-019-STPS-2011, o las que la sustituyan.

 

Informar por escrito al patrón directamente, a través de los servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo o de la comisión de seguridad e higiene; haber presenciado o sufrido un acontecimiento traumático severo. El escrito deberá contener al menos: la fecha de elaboración; el nombre del trabajador que elabora el escrito; en su caso, el nombre de los trabajadores involucrados; la fecha de ocurrencia, y la descripción del(los) acontecimiento(s).

 

Participar en los eventos de información que proporcione el patrón.

 

Someterse a los exámenes médicos y evaluaciones psicológicas que determinan la presente Norma y/o las normas oficiales mexicanas que al respecto emitan la Secretaría de Salud y/o la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y a falta de éstas, los que indique la institución de seguridad social o privada, o el médico o psicólogo o psiquiatra del centro de trabajo o de la empresa.

 

Para mayor apoyo en el desarrollo de la norma se proponen 5 guias de referencia las cuales no son obligatorias, estas son:

 

Guía de Referencia I, Cuestionario para identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos

 

Guía de Referencia II, Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial

 

Guía de Referencia III, Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional en los centros de trabajo

 

Guía de Referencia IV, Ejemplo de Política de prevención de riesgos psicosociales

 

Guía de referencia V, Datos del trabajador.

 

Empresas exentas del cumplimiento de la NORMA:

 

Aquellos centros de trabajo que cuenten con Certificado de cumplimiento con la norma mexicana NMX-R-025-SCFI- 2015, En Igualdad Laboral y No Discriminación, vigente, darán por esa condición cumplimiento con las obligaciones y numerales siguientes:

 

5.1 Establecer por escrito, implantar, mantener y difundir en el centro de trabajo una política de prevención de riesgos

b) La prevención de la violencia laboral,

 

5.7 Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:

d) Los mecanismos para presentar quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral;

 

8.1 Para la prevención de los factores de riesgo psicosocial y la violencia laboral, así como para la promoción del entorno organizacional favorable, los centros de trabajo deberán:

b) Disponer de mecanismos seguros y confidenciales para la recepción de quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral, y

 

8.2 Las acciones y programas para la prevención de los factores de riesgo psicosocial, la promoción de un entorno organizacional favorable y la prevención de la violencia laboral, referidas en el numeral anterior, deberán considerar lo siguiente:

a) En relación con el liderazgo y las relaciones en el trabajo deberán incluir:

 

2) Lineamientos para prohibir la discriminación y fomentar la equidad y el respeto

e) En relación con el equilibrio en la relación trabajo-familia, contemplar:

 

1) Acciones para involucrar a los trabajadores en la definición de los horarios de trabajo cuando las condiciones del trabajo lo permitan;

 

2) Lineamientos para establecer medidas y límites que eviten las jornadas de trabajo superiores a las previstas en la Ley Federal del Trabajo;

 

3) Apoyos a los trabajadores, de manera que puedan atender emergencias familiares, mismas que el trabajador tendrá que comprobar, y

 

4) Promoción de actividades de integración familiar en el trabajo, previo acuerdo con los trabajadores;

g) En lo que se refiere a la prevención de la violencia laboral se deberá:

 

1) Difundir información para sensibilizar sobre la violencia laboral, tanto a trabajadores como a directivos, gerentes y supervisores;

 

2) Establecer procedimientos de actuación y seguimiento para tratar problemas relacionados con la violencia laboral, y capacitar al responsable de su implementación, y

 

3) Informar sobre la forma en que se deben denunciar actos de violencia laboral;

 

Transitorios

 

PRIMERO. La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor al año siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

SEGUNDO. Lo dispuesto por los numerales 5.2, 5.3, 5.6, 5.8, 8.3, 8.4, 8.5, y Capítulo 7, entrará en vigor a los dos años siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

Si requieres asesoría con gusto te atendemos llámanos.

 

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NORMA Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015. https://gestiongrimsa.com/norma-oficial-mexicana-nom-018-stps-2015/ https://gestiongrimsa.com/norma-oficial-mexicana-nom-018-stps-2015/#respond Thu, 13 Dec 2018 19:31:45 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23334 Mañana 09 de Octubre de 2018, entra en vigor la NORMA Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015.
La NORMA Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, después de 3 años de su publicación en le DOF.
Para entender mas sobre esta norma veremos que es el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (GHS por sus siglas en inglés), cuenta con lo siguiente:
• Se desarrollo por las Naciones Unidas y acordado internacionalmente.
• Fue desarrollado para promover un estándar universal para la clasificación de peligros y la comunicación de los mismos alrededor del mundo.
• El estándar no es obligatorio y los países participantes tienen permitido adoptar sólo partes de él.
• Los países participantes también tienen la posibilidad de elegir el tiempo de implementación.
Por lo tanto, aunque el GHS es un paso significativo hacia el desarrollo por una sola normal global, éste no logrará una verdadera armonización global de la clasificación de peligros y comunicación de riesgos, por ejemplo USA y Canadá cuenta con un sistema similar pero no el mismo.

Por lo tanto para México el 9 de octubre del 2015, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva norma para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo alineada al Sistema Globalmente Armonizado (GHS). El resultado es la nueva NOM-018-STPS-2015. Bajo esta nueva norma, la STPS nos obliga a estandarizar los formatos de Hojas de Datos de Seguridad (HDS) e indicar palabras y símbolos de advertencia en las etiquetas.

Si requieres mas información contáctanos y con gusto de apoyamos

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Entra en vigor el 09 de Octubre de 2018, la NORMA Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015 https://gestiongrimsa.com/entra-en-vigor-el-09-de-octubre-de-2018-la-norma-oficial-mexicana-nom-018-stps-2015/ https://gestiongrimsa.com/entra-en-vigor-el-09-de-octubre-de-2018-la-norma-oficial-mexicana-nom-018-stps-2015/#respond Thu, 13 Dec 2018 19:30:33 +0000 https://gestiongrimsa.com/?p=23331 Sabias que, el 09 de Octubre del 2018, entra en vigor la NORMA Oficial Mexicana NOM-018-STPS-2015, Sistema armonizado para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo, después de 3 años de su publicación en le DOF.

 

Para entender mas sobre esta norma veremos que es el Sistema Globalmente Armonizado de Clasificación y Etiquetado de Productos Químicos (GHS por sus siglas en inglés), cuenta con lo siguiente:

 

  • Se desarrollo por las Naciones Unidas y acordado internacionalmente.
  • Fue desarrollado para promover un estándar universal para la clasificación de peligros y la comunicación de los mismos alrededor del mundo.
  • El estándar no es obligatorio y los países participantes tienen permitido adoptar sólo partes de él.
  • Los países participantes también tienen la posibilidad de elegir el tiempo de implementación.

 

Por lo tanto, aunque el GHS es un paso significativo hacia el desarrollo por una sola normal global, éste no logrará una verdadera armonización global de la clasificación de peligros y comunicación de riesgos, por ejemplo USA y Canadá cuenta con un sistema similar pero no el mismo.

 

Por lo tanto para México el 9 de octubre del 2015, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación la nueva norma para la identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo alineada al Sistema Globalmente Armonizado (GHS). El resultado es la nueva NOM-018-STPS-2015. Bajo esta nueva norma, la STPS nos obliga a estandarizar los formatos de Hojas de Datos de Seguridad (HDS) e indicar palabras y símbolos de advertencia en las etiquetas.

 

Si requieres mas información contáctanos y con gusto de apoyamos.

 

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